EL SISTEMA DE EXPEDIENTE ELECTRÓNICO “SAE” SE IMPLEMENTARÁ EN LOS JUZGADOS DE PAZ LETRADOS DE RIVADAVIA, SANTA LUCÍA, ALBARDÓN Y CAUCETE

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La Corte de Justicia a través de la Acordada N° 121, dispuso incorporar bajo dicho desarrollo informático a los Juzgados de Paz Letrados de Rivadavia, Santa Lucía, Albardón y Caucete, conforme el siguiente cronograma:
a) A partir del día 12 de Septiembre de 2023 en el Juzgado de Paz Letrado de Rivadavia.
b) A partir del día 18 de Septiembre de 2023 en el Juzgado de Paz Letrado de Santa Lucía.
c) A partir del día 25 de Septiembre de 2023 en el Juzgado de Paz Letrado de Albardón.
d) A partir del día 2 de Octubre de 2023 en el Juzgado de Paz Letrado de Caucete.

Se dispone que el sistema “SAE”, articulado con la plataforma “MEV,” sustituyan en forma absouta al sistema integrado Lex Doctor -LD Validador, el que dejara de estar operativo en dichos organismos a partir de las fechas indicadas. Las consultas de estado procesal de las causas y las notificaciones electrónicas quedarán operativas a través de la plataforma “MEV’.
Se suspenden todos los plazos procesales en las causas que tramiten en los Juzgados donde se implemente el sistema “SAE”, durante las jornadas indicadas precedentemente en cada uno de estos organismos, a fin de posibilitar los trabajos de implementación del sistema informático “SAE” y su puesta en funcionamiento.
Se establece que todas las presentaciones judiciales en estos Juzgados mencionados deberán ser presentadas ante el mencionado organismo en forma electrónica, a través del sistema informático de expediente electrónico “SAE”, articulado con la plataforma “MEV”
Se autoriza simultáneamente la recepción de escritos judiciales en soporte papel o físico en cada uno de los organismos donde se implemente el nuevo sistema “SAE”, durante el plazo perentorio de 30 días siguientes de la fecha en que empiece a regir el mismo, al solo efecto de facilitar a los operadores y usuarios externos el conocimiento del nuevo sistema informático “SAE” y el tránsito hacia la gestión digital judicial integral y el expediente electrónico, que conlleva.
Se dispone que a partir de la vigencia del sistema “SAE” deadmita la recepción de las presentaciones judiciales únicamente en forma electrónica y se imprima la tramitación judicial exclusiva en expediente electrónico del nuevo sistema. El expediente en formato papel deberá quedar como constancia del proceso en cada organismo durante los plazos legales y hasta su archivo.


Excepciones:
a) Cuando las presentaciones, por su cantidad de páginas o volumen de archivos, excedan la capacidad de almacenamiento previsto en la plataforma “MEV”.
b) Cuando el sistema informático no se encuentre operativo para la recepción de presentaciones electrónicas, siendo tal extremo reconocido por disposición oficial.
c) Cuando se funde en supuestos de estricta urgencia donde pueda estar en riesgo la pérdida de derechos, y la presentación sea dentro plazo de !as dos primeras horas hábiles de iniciada la atención de público.

d) En todos los supuestos de excepción se podrá admitir la presentación en formato papel, pero no se dará curso a la misma hasta que sea acompañada en formato digital por el interesado, a fin de integrarse la presentación al sistema “SAE”.


Se establece también que serán válidas las presentaciones efectuadas dentro de las dos primeras horas hábiles siguientes al día del plazo de vencimiento. Este término se computará a partir del horario de inicio de la atención al público.
Se dispone también que los escritos a presentarse en formato electrónico deberán ser digitalizados en formato PDF junto con la documentación que eventualmente se adjunte, con un límite de 300 kb por página, un máximo de 80 páginas en total y una extensión de 20 Megas. Los archivos multimedia deberán presentarse en soporte magnético, emitiéndose la certificación correspondiente.
Lo dispuesto comprende al Ministerio Público, a los justiciables, a sus letrados y a los auxiliares de justicia.