Se informa a nuestros matriculados que conforme al ACUERDO GENERAL NÚMERO OCHENTA el Poder Judicial acordó:
1- Disponer que a partir del día 1 de mayo de 2022 rige únicamente el sistema de pago de tasas e impuestos de justicia por medios electrónicos y digitales a través del Botón de Pago Electrónico (BPE).
2– Autorizar al Foro de Abogados a la venta de tributos judiciales mediante boleta con timbrado con posterioridad al I de mayo de 2022, con carácter excepcional y subsidiario, ante eventual causa justificada.
3– Habilitar a los usuarios que tengan estampillas de sellado judicial en su poder después del I de mayo de 2022, al uso de las mismas ante los organismos del Poder Judicial, hasta agotar su existencia, reconociéndoles el valor vigente.
4– Autorizar a los Juzgados de Paz Letrados que se encuentran habilitados para la venta de sellado mediante estampillas en concepto de tasas de impuestos de justicia, a que continúen con dicha práctica hasta tanto exista en sus Departamentos un sistema de pago electrónico.

