EL FORO DE ABOGADOS RECIBIÓ LA VISITA DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE SAN JUAN

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Esta mañana en la sede de nuestra institución asistieron a la reunión el Fiscal General de la Provincia, Dr. Eduardo Quattropani junto al Dr. Rolando Lozano, Secretario Relator, Dr. Fernando Rahme, Secretario Relator y la Dra. Mariela Páez Secretaria de la Fiscalía, los recibieron el Presidente del Foro de Abogados Dr. Franco Montes, vicepresidente Dra. Carina García Bueno y miembros del Directorio.
La visita tuvo como finalidad presentar e informar sobre la implementación integral del Sistema Procesal Penal Acusatorio Adversarial en la Provincia de San Juan, según Acuerdo General N° 06/2024, de la Corte de Justicia (dicho cuerpo normativo faculta a la Corte de Justicia, al Fiscal General y a la Defensa Pública, a disponer dentro de sus competencias, todas las diligencias necesarias) cuya entrada en vigencia será a partir del 26 de febrero de 2024.

Desde el Ministerio Público Fiscal con la RESOLUCIÓN No 4797 del 09 de febrero de 2024 se resolvió:

Disponer la creación de la Unidad Fiscal Delitos contra la Propiedad, la que tendrá sede en el primer piso ala Norte del Edificio 25 de Mayo, sito en calle Rivadavia Este 473

Disponer que la Unidad Fiscal Delitos contra la Propiedad tendrá competencia para atender la totalidad de las formas delictivas previstas en los Capítulos Primero, Segundo y Segundo bis, del Título VI del Libro Segundo del Código Penal, Título XI, Capítulo XIII, salvo cuando con motivo u ocasión del hecho resultare la muerte, o el delito fuere cometido en perjuicio de la administración pública por un funcionario público en ejercicio de sus funciones.

Disponer que la Unidad Fiscal Delitos contra la Propiedad estará conformada por Fiscales, Ayudantes Fiscales, funcionarios, personal administrativo y técnicos necesario para a la correcta recepción, investigación y litigación del casos, ocurridos en la Primera Circunscripción Judicial

Disponer que la Unidad Fiscal Delitos contra la Propiedad estará coordinada por:
1) Fiscal Coordinadora, Dra. Claudia Alejandra Salica López
2) Fiscal Coordinador, Dr. Gabriel Adrián Riveros;
quienes tendrán las atribuciones que les confiere la normativa vigente y las que se establezcan mediante resolución de esta Fiscalía General, debiéndose dar su propia organización de turnos.

Disponer que el Sr. Secretario Relator Dr. Rolando Lozano y el Sr. Fiscal de Cámara Fabrizio Medici ejercerán la función de Supervisores de Fiscalía General ante la Unidad Fiscal Delitos contra la Propiedad.

Disponer la creación de la Unidad Fiscal Delitos Informáticos y
Estafas, la que tendrá sede en el primer piso ala Norte del Edificio 25 de Mayo, sito en calle Rivadavia Este 473.

Disponer que la Unidad Fiscal Delitos Informáticos y Estafas tendrá a su cargo la gestión de los hechos tipificados en el Libro Segundo Título VI, Capítulos IV, IV bis, V, Título XII, Capítulo V, VI, Título XIII, los delitos informáticos contenidos en la Ley N.° 26.388, y los demás delitos contenidos en las leyes especiales cuyo bien jurídico protegido y modalidad comisiva resulte asimilable a la competencia asignada, o los que en un futuro se disponga por resolución de Fiscalía General.

Disponer que la Unidad Fiscal Delitos Informáticos y Estafas estará conformada por Fiscales, Ayudantes Fiscales, funcionarios personal administrativo y técnico necesario para la correcta recepción, investigación y litigación de los casos, radicados en la Primera Circunscripción Judicial.

Disponer que la Unidad Fiscal Delitos Informáticos y Estafas estará coordinada por:
1) Fiscal Coordinador: Dr. Pablo Francisco Martín Fernández
2) Fiscal Coordinador: Eduardo Gallastegui
Quienes tendrán las atribuciones que les confiere la normativa vigente y las que se establezcan mediante resolución de esta Fiscalía General, debiéndose dar su propia organización de turnos.

Disponer que el Sr. Secretario Relator Dr. Fernando Rahme ejercerá la función de Supervisor de Fiscalía General ante la Unidad Fiscal Delitos Informáticos y Estafas.

Disponer la creación de la Unidad Fiscal Genérica, la que tendrá sede en el primer piso ala Norte del Edificio 25 de mayo, sito en calle Rivadavia Este 473.

Disponer que la Unidad Fiscal Genérica tendrá a su cargo la gestión de los casos vinculados con la posible comisión de los delitos tipificados en el Libro Segundo Título I, Capítulo II, salvo el delito de lesiones culposas, Capítulos III, IV, V, VI, Título IV, Capítulos I, II, Título V, Capítulos I, II, III, IV, V, VI, Título VII, Capítulos I, II, III, IV, Título VIII, Capítulos I, III, IV, V, Título XI, Capítulos XII, XIV, Título XII, Capítulos I, II, III., y las intervenciones que tuvieren inicio a partir de la aplicación del protocolo “SAN JUAN TE BUSCA”. Cuando los delitos precedentemente enumerados fueren cometidos en un contexto de violencia de género o intrafamiliar o se encontrare comprometido como sujeto activo un funcionario público en ejercicio de sus funciones. Serán competencia de la Unidad Fiscal Genérica los delitos contenidos en las leyes especiales, salvo cuando se encontrare comprometido un funcionario público, o cuando el resultado, las circunstancias de su realización, demandaren la intervención de una Unidad Fiscal especializada.

Disponer que la Unidad Fiscal Genérica estará conformada por Fiscales, Ayudantes Fiscales, funcionarios, personal administrativo y técnico necesarios para la correcta recepción, investigación y litigación del caso, radicado en la Primera Circunscripción Judicial.

Disponer que la Unidad Fiscal Genérica estará coordinada por:
1) Fiscal Coordinador: Dra. Virginia Andrea Branca
2) Fiscal Coordinador: Dr. Ignacio Antonio Achem
Quienes tendrán las atribuciones que les confiere la normativa vigente y las que se establezcan mediante resolución de: esta Fiscalía General, debiéndose dar su propia organización de turnos.

Disponer que el Sr. Secretario Relator Abogado Rolando Lozano y el Sr. Secretario Relator Abogado Fernando Rahme ejercerán la función de Supervisores de Fiscalía General ante la Unidad Fiscal Genérica.
Asignar competencia para intervenir en la investigación de los delitos contenidos en los Artículos 94, 94 bis, 210, 168 a la Unidad Fiscal Delitos Especiales.

Disponer que la Unidad Fiscal Sistema Mixto, creada por el apartado 21 de la Resolución N° 4092/21, será ejercida por la Sra. Agente Fiscal Dra. Claudia Yanina Galante, disponiéndose, asimismo, que el Sr. Fiscal de Impugnación Abogado Fabrizio Medici ejercerá la Supervisión sobre dicha Unidad Fiscal.

Disponer que la Unidad Fiscal Flagrancia, creada por Resolución N.° 4092/21, estará coordinada por:
1) Fiscal Coordinador Dr. Cristian Ariel Catalano
2) Fiscal Coordinadora Dra. Daniela Alejandra Pringles Pinazo.

Disponer que la Unidad Fiscal Delitos Especiales, creada por Resolución N.° 4092/21, estará coordinada por 1) Fiscal Coordinador, Dr. Iván Augusto Grassi y 2) Fiscal Coordinador Dr. Francisco Bruno Micheltorena Ponzo.

Disponer que la Unidad Fiscal ANIVI, creada por Resolución N.o 4092/21, estará coordinada por:
1) Fiscal Coordinador Dr. Raúl José Iglesias Galante
2) Fiscal Coordinadora Dra. Valentina Bucciarelli Debrevi

Disponer que la Unidad Fiscal CAVIG, creada por Resolución N.° 4092/21, estará coordinada por:
1) Fiscal Coordinador Dr. Roberto Andrés Ginsberg Colombero
2) Fiscal Coordinadora Dra. Claudia Ruiz Carignano.

Disponer que la asignación de funciones a los Fiscales, Ayudantes Fiscales y profesionales en las distintas Unidades Fiscales o Circunscripciones Judiciales, lo es al sólo efecto del buen orden administrativo, pudiendo variar temporal o permanentemente según la necesidad del servicio en función al principio de unidad de actuación del Ministerio Público Fiscal.

Disponer que es Fiscal Superior en instancia de revisión (art. 36 y 37 del Código Procesal Penal Ley 1851-O, en función de los artículos 33, 34 y 35), cualquiera de los Fiscales Coordinadores de la Unidad Fiscal a la que corresponda el delito. En caso de imposibilidad de estos, para el caso de la Unidad Fiscal Delitos contra la Propiedad, serán subrogados por los Coordinadores de la Unidad Fiscal Flagrancia, Delitos Especiales, Delitos Informáticos y Estafas, ANIVI, CAVIG o Genérica, en ese orden; para el caso de la Unidad Fiscal Delitos Informáticos y Estafas serán subrogados por los Coordinadores de la Unidad Fiscal ANIVI, CAVIG, Genérica, Delitos contra la Propiedad, Flagrancia o Delitos Especiales, en ese orden; y para el caso de la Unidad Fiscal Genérica, serán subrogados por los Coordinadores de Unidad Fiscal CAVIG, Delitos contra la Propiedad, Flagrancia, Delitos Especiales, Delitos Informáticos y Estafas o ANIVI, en ese orden.
Establecer que la asignación de funciones como Fiscal Coordinador, en todos los casos y Unidades Fiscales, es con carácter provisorio hasta tanto por idéntico instrumento se deje sin efecto o se proceda a su reemplazo.

Disponer que la asignación de recursos humanos a cada Unidad Fiscal se realizará por instrumento separado.

Tener por modificada la Resolución No 4092/21 y 4619/23 en todo cuanto se oponga a la presente resolución.

La presente tendrá vigencia a partir del primer día de vigencia del Sistema Acusatorio conforme Ley N.o 2597-O y 2614-O, según lo disponga la Corte de Justicia.

Desde el Foro de Abogados las autoridades se comprometieron a entregar un padrón actualizado de matriculados ordenados por fuero.