El Registro General Inmobiliario de la Provincia de San Juan pone en conocimiento al Foro de Abogados y por su intermedio a sus matriculados, las nuevas disposiciones sobre el plazo de caducidad de las hipotecas:
-Sólo será aplicable el plazo de 35 años a que hace referencia el artículo 2210 del Código Civil y Comercial de la Nación, reemplazado por el artículo 24 de la ley 27.271, a aquellas hipotecas registradas a partir del 15 de septiembre de 2016.
-Las inscripciones hipotecarias efectuadas con anterioridad al 15 de septiembre de 2016, sólo se conservan por el término de 20 años, si antes no se renovarán.
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