GESTIONES PARA EL RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

944

EL FORO DE ABOGADOS REALIZA DIARIAMENTE GESTIONES CON EL FIN DE FLEXIBILIZAR EL DESEMPEÑO LABORAL DE SUS MATRICULADOS ANTE LA CRISIS SANITARIA DE PÚBLICO CONOCIMIENTO.

Gustavo Giaccagli, Presidente del Foro de Abogados de la Provincia de San Juan, por expresa instrucción del Honorable Directorio presentó el día 2 de Abril una nota a los Señores Ministros de la Excelentísima Corte de Justicia de San Juan en la que se expresa solicitando:

“Atento a la preocupación existente en nuestra comunidad jurídica, relacionada con la cuarentena nacional ordenada por el Poder Ejecutivo Nacional, en el DNU 297/2020, y en consonancia con la medida adoptada por la Corte de Justicia de San Juan, Acuerdo General N° 40/2020, que dispone la Feria Extraordinaria Judicial, es que venimos a presentarle la siguiente sugerencia, todo en virtud de aportar ideas que mejoren el servicio de la administración de justicia.
En ese marco, y dada la paralización del servicio de justicia, limitadas al tratamiento de casos excepcionalmente previstos, le sugerimos a V.E. tenga bien estudiar, y en consecuencia proceda a implementar en forma urgente, arbitrando todos los medios necesarios, para la utilización de todas herramientas jurídicas de índole virtual, tales como expedientes electrónicos, firma digital, etc., para los procesos ya iniciados como también para la presentación de nuevas causas, y que coadyuven a que el profesional no deba concurrir a los Juzgados para la defensa de los derechos de los ciudadanos, y de esta forma prevenir futuros contagios tanto del profesional y/o de terceras personas que se encuentren en el edificio de Tribunales.
Esta petición tiene su fundamento en la situación de emergencia mundial en la que nos encontramos, debido a la realidad generada por el Covid-19, y que ha hecho que los ingresos de todos los profesionales de la abogacía sean restringidos considerablemente y hasta en algunos casos sean nulos, impidiendo a los matriculados habilitados el normal ejercicio profesional, viéndose sus ingresos dinerarios menoscabados, siendo en la mayoría de los casos el único sostén familiar, otorgándole la naturaleza a dichos ingresos el carácter de alimentario”

•PETICIONES POR FUERO SOLICITADAS A LA CORTE DE JUSTICIA

FUERO CIVIL

Pautas para la reorganización de la actividad judicial en emergencia sanitaria.
Algunas pautas para el ejercicio profesional en esta singular etapa.
1) Los abogados litigantes nos encontramos en situación de vulnerabilidad.
2) Una apertura gradual de tribunales, con el cuidado y la protección de nuestros colegas.
3) Desdoblamiento de horario de trabajo para los empleados judiciales, establecer horarios de recepción de escritos urgentes, por buzón o sobre en juzgados civiles y en el juzgado contencioso administrativo. De igual modo instrumentarlo para las Cámaras de Apelaciones Civiles y de Paz.
4) Solicitar que las vistas conferidas al Ministerio Fiscal o a las Asesorías y Defensorías en su caso, queden visibles en el sistema, para que sean accesibles mediante consulta remota.
5) Evitar la circulación de abogados, sabemos que si bien no hay expedientes electrónicos, si hay comunicación vía mail, para que en casos urgentes puedan acordar la presencia del profesional, con listado para entrega y/o retiro de las causas y/o mandamientos o documentación, con el tiempo mínimo, además se deberá dictar la acordada correspondiente para la suspensión de las ejecuciones y de los plazos procesales, ya que es un lugar de alta exposición.
6) Respecto de las audiencias urgentes y previamente justificada, podrían implementarse por medio de alguna plataforma que nos otorga la tecnología con una versión con abono, que otorga seguridad y es más completa, la administración a cargo del poder judicial donde se puede grabar la reunión, en este caso la audiencia y que ya se está aplicando con buenos resultados.
7) Solicitar al Poder Judicial que los informes al Registro General Inmobiliario, puedan realizarse vía mail, aprovechando la instrumentación de la firma, debiendo instrumentarse el pago vía débito o crédito.
8 Respecto de los juzgados fuera del gran San Juan, como Pocito y Caucete, existiendo la fibra óptica para las Cámaras de CISEM, y pudiendo ser utilizadas por los juzgados de Paz para las consultas vía on-line, inexistentes actualmente, promover la firma de acuerdos entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial, debido a que el costo para su funcionamiento es bajo, por existir la infraestructura de base y la predisposición del Gobierno Provincial

FUERO LABORAL

I.- Para el caso que la Corte de Justicia Provincial levante la feria extraordinaria

Modificar temporalmente los procedimientos tramitados por el fuero del trabajo.
1) Audiencias iniciales/finales: hacer todo mediante videoconferencia, con acceso exterior para abogados. En casos urgente/impostergable celebrar mediante plataforma digital.
2) Otras audiencias: proponer la realización mediante medios digitales labrando acta y subida al sistema Lex doctor.
3) Presentación de escritos: Para cuestiones que no admitan demora
• Que se acepten escritos provenientes de la casilla de mail ya registrada y vinculada.-
• La dirección de informática debería circular la lista de abogados habilitados en el sistema
• El abogado redacta y envía el escrito al juzgado
• El personal encargado de este sistema, al recibir el correo, imprime, agrega su texto al sistema e inicia una providencia certificando la recepción del escrito.-
• La providencia que corresponde al escrito enviado se publica en Lex del PJ. Con respaldo en papel de cada una, agregados al expediente.
4) Mantener la suspensión de los “días de notas”, o en su defecto volver al sistema que regía desde antes de las modificaciones del Código Procesal Laboral, para evitar la aglomeración de gente los días de nota.
5) Mantener la suspensión de plazos en los casos que requieran retiro del expediente o consulta de documental, de forma presencial.
6) Respecto al ingreso de Anexo Mitre, regularlo y restringirlo
7) Disponer la suspensión total de plazos a abogados litigantes que se encuentren dentro de los grupos de riesgos.
8) Se otorgue prioridad de tratamiento a la resolución de causas en trámite de ejecución de sentencia, convenio u honorarios; causas con acuerdo transaccional y homologación judicial pendiente; causas en estado de resolver en sentencia definitiva de 1ra instancia o de Cámara del Trabajo; sentencias interlocutorias pendientes.-
9) Facilitar la apertura de folios judiciales por medios digitales.

FUERO PENAL

Sugerencias y pedidos importantes para abogados fuero penal

1).- Tener en cuenta a los jóvenes abogados en situación económica delicada, para ser designados como una opción de defensa en flagrancia.-
2).- Convocar a todos los jueces del fuero penal para que ocupen y subroguen en todos los juzgados donde falten los magistrados.
3).- Nombrar de manera exclusiva un juez de ejecución penal.
4) Pedir a secretarios y prosecretarios de los juzgados que eleven un listado de causas urgentes y de larga data para poner en conocimiento de los jueces subrogantes, para la pronta resolución de las medidas requeridas en los sumarios con detenidos y en los que hay partes querellantes, para que le den prioridad.
5).- Fijar una hora del día (a primera hora o ultima hora) para que los secretarios y/o prosecretarios reciban a los abogados penalistas que así lo ameriten para la pronta resolución de las medidas solicitadas.
6).- Pedir a los jueces subrogantes en especial los de flagrancia que se avoquen a las causas de los juzgados en que subrogan y resuelvan las situaciones particulares propuestas por los defensores, y que deberá comunicar el secretario en función del pedido del punto 4 .-

FUERO DE FAMILIA

1) Solicitar se digitalicen los dictámenes de las Asesoras de Menores, y del Ministerio Público y sean las mismas subidas al sistema informático.-
2) Se continúe con el tratamiento de las causas de responsabilidad parental, sin necesidad del pedido y otorgamiento de habilitación de feria, fundado en el carácter alimentario de los mismos.-
3) Presentación vía email de la totalidad de los escritos por parte de los profesionales.-
4) Resolución por parte de los juzgados de oficio los alimentos provisorios.-
5) Reprogramación de la Audiencias para el momento en que se levante el aislamiento social obligatorio, dilatando en la menor medida posible los tiempos, pudiendo habilitar horarios inhábiles en caso de ser necesario.-
6) Realización de Audiencias por videoconferencia en los supuestos que las mismas sean impostergable.-
7) Solicitar al Banco San Juan, se permita la apertura de las Cuentas de Usura Pupilar mediante oficios con firma del profesional interviniente.-
8) Autorizar la firma de todos los oficios, incluso embargo de alimentos, a los profesionales, conforme lo previsto por los arts. 361, 363 C.P.C.-
9) Exención del pago del sellado en las causas de alimentos.-
10) Incluir en la providencia que la notificación de la misma es de carácter electrónica, a los efectos de reducir la notificación papel, y no quede duda para el profesional interviniente.-
11) Prioridad al resolver las causas de honorarios profesionales, fundado en el carácter alimentario de los mismos.-
12) Que se sigan sustanciando las causas donde existan presentaciones de medidas cautelares.
13) Prosigan en su trámite las causas de Restricción a la Capacidad.
14)- Terminada la feria extraordinaria, y de acuerdo lo establezca el Poder Ejecutivo Nacional, se establezca un orden a los fines de atención a los matriculados, con la finalidad de evitar aglomeraciones. Como propuesta trasladamos; la atención de mañana y tarde, diseñando calendarios por matricula de abogados.
15)- En las causas de violencia, se haga saber a las víctimas que pueden designar abogado, remitiendo en tal caso, el Foro de abogados una lista de los profesionales que trabajen en el tema.

FUERO DE PAZ

Se plantea como necesidad primaria y con carácter de urgente la liberación de fondos ya sea por el sistema de libramiento papel o bien vía transferencia electrónica; los demás actos procesales podrán irse liberando paulatinamente con el transcurso del tiempo.-
Liberación de Fondos:
-1) Libramiento Ya Expedido: Para los casos donde ya se liberaron fondos bajo el sistema tradicional de libramiento papel deberá el Juzgado permitirle al profesional que retire los mismos.-
A los fines de que el Banco San Juan – Suc. Tribunales no colapse en su atención; sería oportuno se fijen turnos para que los profesionales que ostenten en su poder libranzas (cheques) judiciales acudan a la entidad bancaria un cierto día y horario.-
-2) Libramiento Sin Expedirse: El Juzgado deberá permitirle al profesional la presentación de escritos, en la causas que aún no está ordenada la liberación de fondos, para que el Juzgado consulte el Portal Web del Banco San Juan (de este modo se evita que el abogado debe ir al Banco de tribunales por el extracto) y si existen fondos y los mismos pueden ser liberados, lo sean, ya sea bajo el sistema tradicional del libramiento papel o bien se ordene la transferencia electrónica de los mismos a la cuenta que el profesional denuncie a tales efectos (el Quinto Juzgado de Paz ya lo está implementando de este último modo descripto).-
Datos que se deben proporcionar para ordenar la transferencia online de los fondos depositados en una causa:
-Entidad Bancaria
-Número de cuenta
-Tipo de cuenta
-Clave Bancaria Uniforme de la cuenta -CBU-
-ALIAS -si fuera posible-
-Titular de la cuenta
-CUIT del titular de la cuenta
-Tratándose de honorarios el profesional titular de los mismos deberá declarar: a) su número CUIT, b) su condición en AFIP frente al IVA (Monotributistas, Resp. Inscripto,
etc.-) y c) su condición y número de inscripción en Rentas frente al Impuesto de Ingresos Brutos).-