Dr. Adolfo Caballero
S_______________/_____________
De mi mayor consideración:
1) Se prorrogue la implementación obligatoria de la Notificación Electrónica, por un plazo de un mes como mínimo, a fin de que los matriculados se puedan interiorizar con mayor tranquilidad en el funcionamiento.
2) Que toda notificación en los procesos judiciales, independientemente del ingreso anterior por parte del/los profesionales actuantes en sistema de “Gestión Online de Expedientes Electrónicos”, sea siempre “Ministerio Legis” (los días Martes y Miércoles).
3) A los efectos del Art. 40º, 132 inc. 5 º y 134 inc. 4º del CPC y Acuerdo Nº 6/2018 Punto 2º: En cuanto sostiene: “ …deberá constituir en su primera presentación en las causas judicial que tramiten ante el Poder Judicial de San Juan…; …, además del domicilio procesal físico, un domicilio procesal electrónico de conformidad al art 40…”, solicitamos que se aclare mediante un nuevo Acuerdo que: el domicilio “procesal electrónico” denunciado en la Solicitud de alta de Registración para el uso del Sistema Online de Expediente Electrónico del Poder Judicial de San Juan, presentado en el Departamento Seguridad Informática por cada profesional –por intermedio del Foro de Abogados-, se tenga por constituido para todos los procesos iniciados o a iniciarse, sin necesidad de que el profesional requiera constituirlo en cada presentación judicial nueva que realice, lo que implica un desgaste innecesario y podría conllevar a yerros y nulidades procesales.
Aguardando una pronta respuesta, le saludo con atenta y distinguida consideración.
Marcelo Alberto Aracibia Ruiz
Presidente Foro de Abogados de San Juan
