Se informa a los Matriculados:
Por tanto, FIGURARÁN EN EL PADRÓN TODOS LOS ABOGADOS MATRICULADOS COMPRENDIDOS en:
Art 13 inc. 1º: “Abogados en la actividad de ejercicio en la provincia.” (sin importar estar al día en la matricula)
Art 13 Inc. 2º: “Abogados en funciones o empleos incompatibles con el ejercicio de la profesión.”

